Cómo funciona la formación bonificada para empresas: guía completa

Escuela de Negocios26/05/2025
 

Para prosperar en el exigente mercado y competir con éxito, cada vez más empresas entienden que sus empleados pueden llegar a convertirse en su principal valor. Pero, para ello, es importante que además de motivarles e incentivarles, inviertan en su formación y les ayuden —desde el punto de vista profesional— a mantenerse actualizados.

De hecho, en España las empresas pueden hacerlo fácilmente gracias a la formación bonificada. Conocida también como formación programada o formación continua, es un mecanismo de ayuda auspiciado por el Estado para que las empresas que lo soliciten puedan brindar a sus trabajadores la opción de realizar diferentes acciones formativas relacionadas con su actividad o puesto de trabajo.

Actualmente, acceder a ella y disfrutar de sus beneficios es muy sencillo, por lo que te animamos a acompañarnos en este artículo para saber cómo funciona la formación bonificada y la manera en la que puedes solicitarla.

Ventajas de la formación bonificada

En 2023, esta iniciativa para la formación subvencionada superó por primera vez la barrera de los cinco millones y medio de participantes en sus cursos programados. Una cifra récord que se alcanzó gracias a la mediación de 347.917 empresas, las cuales se beneficiaron de sus numerosas ventajas:

  • Es una herramienta gratuita para los empleados.
  • Se financia mediante las cuotas que las organizaciones pagan mensualmente a la Seguridad Social, por lo que normalmente no supone un coste directo para ellas.
  • Contribuye a la mejora de la cualificación de los empleados.
  • Incrementa el bienestar, la motivación y la implicación de los trabajadores.
  • Mantiene actualizadas las competencias y habilidades del personal de las compañías.
  • Mejora la competitividad y la productividad de las empresas.
  • Facilita la implantación y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías en el seno de las organizaciones.

Así sus objetivos se centran en potenciar la productividad y la competitividad de las empresas, gracias a una óptima formación de los trabajadores que permite incrementar su capacitación profesional y que, además, sirve para promover la acreditación de estas competencias laborales que adquieren durante todo el proceso.

Cómo funciona la formación bonificada para empresas

Lo primero que hay que saber sobre la formación bonificada es que está disponible para las empresas españolas que tienen trabajadores en Régimen General, que se encuentran al corriente de sus pagos con Hacienda y la Seguridad Social y que cotizan por contingencia de Formación Profesional.

Por lo tanto, no pueden solicitarla los trabajadores autónomos o los funcionarios y empleados de empresas o entidades públicas están dentro del ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas.

Requisitos legales y normativa vigente de la formación bonificada para empresas

La formación bonificada dirigida a empresas se apoya en un amplio marco normativo; pero, de forma específica, está regulada por:

Ambas recogen las funciones de FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), la cual gestiona los fondos públicos destinados a la formación y, de esta forma, se encarga de que las empresas puedan acceder a la oferta formativa existente para capacitar a sus empleados.

Además, para acogerse a ella, las compañías deben tener en cuenta varios aspectos. En primer lugar, FUNDAE exige que conserven durante cuatro años y puedan presentar en formato papel la documentación que acredita la acción formativa impartida. También deben comunicar con una antelación mínima las fechas de inicio y finalización de la formación a la Fundación y a los empleados, para que no surjan incidencias que impidan su realización. Y, en último lugar, deben garantizar que no existe ningún tipo de incompatibilidad con otras subvenciones que se utilicen para la misma finalidad, según lo indicado en la normativa sobre ayudas públicas.  

Cuantía de la bonificación: ¿cómo se calcula?

Cualquier empresa, independientemente de su fecha de creación y de su número de empleados, tiene acceso a un mínimo de 420 euros anuales en concepto de formación. De hecho, esta es la cantidad establecida para las organizaciones que acaban de fundarse o para aquellas que tienen entre 1 y 5 empleados.

Pero este dinero puede incrementarse según su plantilla:

  • De 1 a 9 empleados: la cantidad equivale al 100 % de lo cotizado el año anterior.
  • De 10 a 49 empleados: 75 % de la cantidad cotizada.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60 % de la cantidad cotizada.
  • De 250 o más trabajadores: 50 % de la cantidad cotizada.

En cualquier caso, las empresas pueden optar por seguir formándose, aunque superen la cuantía del crédito del que disponen, pero teniendo en cuenta que no podrán bonificarse el importe que exceda la cantidad que les corresponde. Y también deben saber que el crédito es anual, por lo que, salvo que tengan una plantilla igual o inferior a 50 empleados y lo comuniquen en el aplicativo de FUNDAE antes del 30 de junio del ejercicio en vigor, no lo podrán acumular para años posteriores si no lo utilizan en el curso vigente.

¿Deben las empresas pagar algo por acceder a esta formación bonificada?

Aquellas con un máximo de 5 trabajadores pueden disfrutar gratuitamente del crédito que tienen asignado. Pero las que superen esta cifra sí tienen la obligación de financiar un porcentaje del importe de la acción formativa, el cual se calcula sobre el total del mencionado crédito:

  • De 6 a 9 trabajadores: 5 %.
  • De 10 a 49 trabajadores: 10 %.
  • De 50 a 249 trabajadores: 20 %.
  • Más de 250 trabajadores: 40 %.

Para asumir estas obligaciones de cofinanciación privada, las compañías pueden bonificarse menos dinero del que han pagado por la formación hasta cubrir el porcentaje que deben aportar. Esto es algo habitual si el alumnado realiza su formación fuera de su jornada laboral. O también tienen la opción de permitir que los empleados se formen dentro de su jornada laboral, en cuyo caso se entiende la empresa está asumiendo sus costes salariales, aunque no estén realizando su trabajo habitual.

formación bonificada para empresas

Pasos para solicitar la formación bonificada

Las empresas que cumplan con los requisitos y quieran acogerse a alguno de los cursos de formación bonificada disponibles deben analizar las habilidades y capacidades profesionales de sus empleados para detectar las posibles áreas de mejora. A continuación, podrán buscar y elegir el curso que mejor se adapte a sus necesidades formativas, asegurándose que el centro de formación que lo imparte esté debidamente autorizado y cumpla con los requisitos establecidos por la FUNDAE.

Tras completar su inscripción, deberán comunicar a FUNDAE todos los datos de la formación, incluyendo las mencionadas fechas de inicio y finalización de la formación bonificada para empresas. Esta comunicación, la pueden realizar en su propio nombre o a través de una entidad organizadora como la Cámara de Comercio. Y, a continuación, procederán a comunicar las acciones formativas a la representación legal de los trabajadores —con un mínimo de dos días de antelación respecto a la fecha de inicio— para que las realicen conforme a lo previsto.

Tras completar el curso y todos los requisitos formales asociados, la empresa deberá liquidar el importe bonificable en los boletines de cotización (TC). Normalmente, este se hará efectivo en el momento de presentar los seguros sociales del mes en el que se ha finalizado la acción formativa, o antes de que se cierre el ejercicio anual. Y, finalmente, deberá consultar la notificación sobre el proceso para verificar que todo se ha realizado convenientemente, ya que, en caso de no estar conforme, podrá presentar las alegaciones correspondientes.

Formación bonificada a través de la Cámara de Comercio de Madrid

Ahora que sabes cómo funciona la formación bonificada para empresas, tenemos buenas noticias para ti, porque puedes beneficiarte de todas sus ventajas a través del programa formativo que ofrecemos en la Escuela de Negocios de la Cámara de Madrid. En nuestro caso, contamos con un servicio específico para gestionar de forma óptima la utilización de los créditos disponibles para las organizaciones, y garantizar que todo el proceso operativo se realiza con un alto nivel de calidad.

Para poder solicitar su bonificación, si la empresa ya tiene el Contrato de Encomienda firmado con nosotros, solo tendrá que enviarnos la Plantilla de Datos Identificativos del Trabajador cumplimentada con al menos 8 días de antelación respecto al inicio del curso. Y si no tiene todavía Contrato, contará con el mismo plazo para hacernos llegar los documentos cumplimentados que son imprescindibles para que pueda usar su crédito: el contrato de encomienda de bonificación, los datos identificados de la empresa y la mencionada Plantilla de Datos Identificativos del Trabajador.

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