Preguntas y respuestas sobre Formación Bonificable
1. ¿Qué es la formación bonificada?
Es el sistema mediante el cual las empresas pueden invertir en la formación de sus trabajadores a través de las cotizaciones por formación a la Seguridad Social.
2. ¿Quién puede acceder a la Formación Bonificada?
3. ¿Pueden todos los trabajadores acceder a la Formación Bonificada?
Sí. La única excepción son los trabajadores autónomos y los funcionarios públicos.
4. ¿Cuánto presupuesto / crédito tiene mi empresa para formación?
La cantidad de crédito depende principalmente de dos factores:
- La plantilla de la empresa
- La cotización por formación el año anterior a la Seguridad Social
Tlf. 91 538 37 39
5. ¿Cuál es el período para consumir el crédito?
El crédito formativo se puede consumir entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en curso.
El crédito no consumido dentro del año natural se pierde.
6. ¿Puede mi empresa utilizar este año el crédito del año anterior no consumido?
No. El crédito no consumido dentro del año natural se pierde.
Solo en el caso de empresas con una plantilla inferior a 50 trabajadores es posible acumular el crédito siempre que así lo indiquen expresamente en la aplicación telemática de FUNDAE antes del 30 de junio del año en curso.
7. ¿Por qué gestionar la bonificación con la Cámara de Madrid?
- La Cámara de Madrid tiene más de 22 años de experiencia tramitando bonificaciones.
- Llevamosmás de 130 años impartiendo formación de calidad.
- Más de 2.500 empresas confían en la Cámara para la gestión de su crédito formativo.
- Hemos formado a más de 150.000 alumnos.
- Ofrecemos un servicio integral de la gestión de la formación bonificada. La empresa trata con un único interlocutor.
- Damos una solución 360º para la empresa: analizamos sus necesidades formativas, impartimos la formación en modalidad presencial u online, realizamos el trámite de la bonificación y finalmente enviamos a la empresa la justificación con la cantidad a bonificar para que se lo aplique en el TC de cotización.
- El servicio de gestión que presta la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid está encaminado a la óptima y correcta utilización del crédito formativo, así como hacia la calidad de todo el proceso operativo de la gestión de la formación que haya planificado su empresa.
8. ¿Por qué la formación bonificada tiene un precio superior al que aparece en la web?
La formación bonificada supone un 10% adicional al precio del curso con independencia de quién realice el trámite final con FUNDAE. El motivo es que la Cámara asume una serie de responsabilidades legales, además de tareas administrativas, documentales y se hace corresponsable ante el SEPE de la Formación Bonificada que imparte, para que la empresa pueda gestionar por su cuenta los trámites con FUNDAE.
Además, si a futuro la empresa recibe una inspección o requerimiento por parte del SEPE, la Cámara como entidad acreditada para impartir Formación Bonificada presta servicio a la empresa a la hora de atender el requerimiento o inspección.
Este 10% adicional es también bonificable en concepto de costes indirectos en FUNDAE.
9. ¿Supone algún coste adicional la gestión de la bonificación?
Sí, la gestión de la bonificación supone para la empresa un 10% + IVA sobre el precio del curso y también es un importe bonificable.
10. Quiero bonificar un curso, ¿cómo lo hago?
Contacta con el Departamento de Bonificaciones 7 días antes de la fecha de inicio del curso en cuestión y te diremos cómo hacerlo.
Superado ese plazo, si quieres bonificar un curso, contacta con nosotros: serviciobonificaciones@camaramadrid.es
Tlf. 91 538 37 39
11. ¿Hay que pagar la formación previamente o no es necesario puesto que se bonifica?
La formación hay que pagarla en su totalidad en el momento de la matriculación del alumno Posteriormente, una vez finalizado el curso y realizada la justificación ante FUNDAE se envía a la empresa un informe indicando la cantidad a descontar en los Seguros Sociales.
12. ¿Cuál es el porcentaje de bonificación? ¿Los cursos son bonificables al 100%?
Depende. La cantidad a bonificar depende entre otros factores, del número de horas del curso, del crédito formativo de la empresa y del porcentaje que esté obligada a cofinanciar según su plantilla.
Contacta con nosotros: serviciobonificaciones@camaramadrid.es
Tlf. 91 538 37 39
13. ¿Qué requisitos debe cumplir el alumno para que la empresa pueda bonificar la formación?
En modalidad presencial, debe asistir como mínimo al 75% de las horas formativas del curso.
En modalidad online, debe realizar como mínimo el 75% de los controles o ejercicios propuestos.
Las faltas de asistencia en los cursos presenciales no son justificables para la bonificación.